Boletín de Información Urbanística. Novedades, núm. 192, 03-08-2022

Publicado el 4 agosto, 2022

 

INFORME DEL SERVICIO DE LICENCIAS DE LA GERENCIA DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA SOBRE LA MODIFICACIÓN 44 DEL PGOU RELATIVA A LAS VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS
El pasado 28 de abril el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprobó definitivamente la Modificación número 44 del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla por la que se modifican los artículos 6.3.1, 6.5.1, 6.5.19 y otros, para su adecuación a la normativa en materia de turismo.

Tras la aprobación de esta modificación, las Viviendas con Fines Turísticos, están sujetas a las condiciones del uso terciario de hospedaje y deben por tanto respetar las condiciones de compatibilidad con el uso residencial establecidas para dicho uso terciario.

Desde el Servicio de Licencias de la GUMA de Sevilla, se ha elaborado un Informe en el que se especifican las condiciones que deben cumplir este tipo de viviendas, así como el procedimiento a seguir para la obtención de licencia de uso en las Viviendas con Fines Turísticos, este procedimiento se recoge a continuación:

“Presentación de Declaración Responsable de Cambio de Uso. (Modelo 5.1)

Presentación de Declaración Responsable de Utilización. (Modelo 17.bis), que será una declaración responsable de utilización para el uso del hospedaje de viviendas con fines turísticos.”

El Informe completo se puede consultar en la página web del COAS en la siguiente ruta.

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